Exenciones FCT

 
CURSO 2026/2027
 
 
EXENCIONES FE (FORMACIÓN EN EMPRESA CICLOS LFP)
EXENCIONES FCT (FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO CICLOS LOGSE)

¿CÓMO SE SOLICITA?

Debes presentar la solicitud a través de la plataforma GEODE entrando con tu usuario y contraseña. A continuación te dejamos el enlace:

 

Una vez dentro deberás acceder a la SECRETARIA DIGITAL, y hacer clic en "+ ALTA" (esquina superior derecha) y rellenar el  FORMULARIO de EXENCIÓN

 

¿QUÉ DEBO ADJUNTAR?

Quien solicite la exención deberá presentar  la siguiente documentación:

a) Solicitud (disponible en la aplicación)

b) Acreditación de experiencia laboral de al menos un año a tiempo completo o su equivalente a tiempo parcial, relacionada con el ciclo formativo o enseñanza que se cursa, para lo que deberá aportarse la siguiente documentación:
b.1) En el caso de trabajadores asalariados:
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y
- Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral en la que se especifique la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
b.2) En el caso de trabajadores autónomos o por cuenta propia:
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente
- Certificación de alta en el censo de obligados tributarios, y
- Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
b.3) En el caso de trabajadores voluntarios o becarios, se requerirá la certificación de la organización donde se hubiera prestado la asistencia en la que se especificará las actividades y funciones realizadas, el año en que se realizaron y el número total de horas dedicadas a las mismas.

c) En el caso de que las empresas o entidades a que hace referencia este apartado hubieran cesado en su actividad y resultara imposible la obtención de las certificaciones mencionadas anteriormente, el alumnado deberá aportar la documentación acreditativa del cese de la actividad, junto con una declaración jurada donde se describan las actividades desarrolladas en la empresa o entidad.

¿QUÉ PLAZO TENGO?

EXENCIÓN FE (Alumnado LFP)

- Hasta el 10 de Noviembre de 2026 para 1º de Ciclos Formativos

- Hasta el 18 de Diciembre de 2026 para 2º curso de Ciclos Formativos de grado SUPERIOR

- Hasta el 8 de Enero de 2027 para 2º curso de Ciclos Formativos de grado MEDIO.

EXENCIÓN FCT (Alumnado LOGSE)

* Hasta el 18 de Enero de 2027, para 2º curso de CFG SUPERIOR LOGSE